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Agua potable y RSEColumna de José Bernardo Guevara, abogado y docente universitario. Es socio del Rotary Baruta (Caracas) y Director de la AC Propaz, que promueve la responsabilidad social con perspectiva de DDHH. La ONU aprobó recientemente una resolución, por la cual se declaró el acceso al agua potable como un derecho humano. Es relevante destacar, que de los 192 miembros de las Naciones Unidas, estuvieron presentes 163 representantes, por lo cual hubo un quórum significativo. Del total de países presentes, 122 se pronunciaron a favor, 41 se abstuvieron y no hubo votos en contra. Esta noticia ha tenido una amplia difusión, lo cual se justifica por su indiscutible relevancia. ¿En qué cambia esta resolución la situación en el orden interno de los países? El acceso al agua potable es una responsabilidad de los Estados, más allá que lo reconozcan expresamente o no en sus ordenamientos jurídicos. La visión “reduccionista” según la cual sólo son derechos humanos aquellos incorporados expresamente en los ordenamientos jurídicos, es superada por la noción “ius naturalista”. Es decir, por tratarse de atributos inherentes a la dignidad del ser humano, éstos le deben ser reconocidos. El acceso al agua potable es, pues, un derecho humano, explícito cuando se encuentre reconocido en el ordenamiento jurídico; de no ser así, se trataría de un derecho humano “implícito”. La resolución de la ONU permitirá consolidar esta orientación, en los diversos países. Ahora bien, nos enseña Fernando Savater, que el gran desafío del siglo XXI es lograr la vigencia efectiva de los derechos humanos. El acceso al agua potable, es uno de los grandes desafíos pendientes. Un segmento muy significativo de nuestra humanidad, no disfruta de este derecho. Se impone, en consecuencia, que tanto los Estados como los individuos e instituciones en general, contribuyan en esta causa inaplazable. Desde el punto de vista individual, puede citarse como ejemplo la labor de concienciación. Con motivo de la reciente resolución de la ONU, exploramos en internet en la búsqueda de contenidos sobre el particular. Nos encontramos con un excelente artículo: “La ONU, el derecho humano al agua y Doña Santamaría” (http://emontalvo.wordpress.com/2010/07/30/onu-el-derecho-humano-al-agua-y-dona-santamaria) El autor del artículo, Edwin Montalvo, basa su historia en el drama de una humilde familia de El Salvador, que carece de acceso al agua potable, y la autoridad no asume su responsabilidad. Por otra parte, varias empresas han contribuido con la falta de acceso, mediante la perforación de los pozos o a través de la contaminación del río. Eso sí, una de esas transnacionales construyó la calle. Tampoco la humilde familia puede comprar agua de pipa, pues los transportes no llegan al sector por las extorsiones de las pandillas. Montalvo expone con gran acierto, la distancia que existe entre las normas y su vigencia efectiva. Recalca, además, que no se trata de pedir ayuda, sino de exigir el cumplimiento de un derecho humano. Se visibiliza en su historia, nítidamente, la incoherencia de “don transnacional” que por una parte construye para la comunidad una calle, y por la otra le perfora sus pozos afectando el acceso al vital líquido. Este es un tema medular: las empresas tienen que ser socialmente responsables, lo que implica una coherencia en sus diversas dimensiones económica, social y ambiental. Las empresas, sin embargo, sí están realizando importantes aportes, para contribuir al acceso al agua potable. Entre las sombras y las luces, queremos resaltar estas últimas. Un excelente ejemplo lo constituye el proyecto “Maji Ni Uhai” fruto de una alianza entre la organización Amref y Ferrovial que “ha permitido que 50.000 tanzanos de la región del Serengeti tengan acceso a agua potable con la construcción de pozos e infraestructuras públicas en colaboración con las autoridades y comunidades locales” http://ow.ly/2obBp Rotary igualmente, como voluntariado mundial de empresarios y profesionales, ha utilizado alianzas estratégicas para promover el acceso al agua potable. Tal es el caso de su experiencia con la Agencia de EE.UU. para el Desarrollo Internacional (USAID) http://ow.ly/2obCu El acceso al agua potable debe ser procurado, de manera fundamental, por los Estados. Sin embargo, los individuos e instituciones también tienen una importante tarea al respecto. Se impone un trabajo en conjunto, en el marco de una visión compartida que tenga por norte, la vigencia efectiva de los derechos humanos. |
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