La iniciativa formaría parte del proyecto de ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, con que el Ejecutivo español busca impulsar la eficacia y competitividad del sector agroalimentario, y contempla un modelo mixto de regulación y autorregulación de las relaciones comerciales entre los distintos agentes.
En relación con los contratos alimentarios que se suscriban entre los operadores de la cadena alimentaria, y para garantizar la seguridad jurídica y la equidad en las relaciones comerciales, la novedad más significativa es el establecimiento de la obligación de formalizarlos por escrito en determinadas casos, dependiendo del importe y de la situación de desequilibrio.
El contrato deberá regular también la información que las partes deban suministrarse para evitar el uso indebido de información comercialmente sensible.
El anteproyecto de Ley regula los pagos comerciales, prohibiendo su exigencia cuando no estén pactados e incluidos expresamente en el contrato escrito, así como las contraprestaciones a las que dichos pagos estén asociados, lo que se extiende también a las actividades de promoción.
También se incluye un precepto sobre gestión de marcas que prohíbe el aprovechamiento de la iniciativa empresarial ajena mediante la utilización de envases y presentaciones de marcas o nombres comerciales de otro operador. Además, se establece que la gestión de marcas deberá realizarse con arreglo a criterios de transparencia, equidad y no discriminación evitando prácticas que alteren la libre y leal competencia entre marcas.
La autorregulación de las relaciones comerciales se centra en el establecimiento de un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación alimentaria, que impulsarían el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y las organizaciones y asociaciones representativas de la producción, la transformación, la industria, cuya adhesión es voluntaria por parte de los operadores de la cadena. A estos efectos, se ha previsto crear un Registro Estatal como instrumento público que agruparía a todos aquellos operadores de la cadena alimentaria que se adscriban al Código.
En cuanto al sistema de control, se crea el Observatorio de la Cadena Alimentaria y se establece un control administrativo. Sus funciones serán el seguimiento, asesoramiento, consulta, información y estudio del funcionamiento de la cadena alimentaria y de los precios de los alimentos. Asimismo, informará la propuesta del Código de Buenas Prácticas.