Columna de Luis Hernán Paúl
Fruto de la aprobación de la ley que reformó en 2009 la operación de los gobiernos corporativos de las empresas privadas y las circulares que emitió posteriormente la Superintendencia de Valores y Seguros, las empresas privadas han debido realizar últimamente diversos ajustes y prepararse para implementar cambios en la medida que las nuevas normas se han ido haciendo exigibles.
Específicamente, una de las modificaciones que ha generado mayores efectos es aquella relacionada con el proceso de selección de los llamados directores independientes. Lo que ocurre es que las sociedades que no tienen actualmente directores, que bajo la nueva definición, puedan ser considerados independientes, y requieren contar por ley con este tipo de directores, deberán elegir un nuevo directorio en la próxima junta de accionistas, sin perjuicio que este año les toque o no elección de directorio. En cambio, las que cuentan con directores que cumplen con los requisitos de independencia exigidos, sin importar si previamente eran o no directores independientes, no tienen esta obligación.
Antes la condición de independencia la daba el hecho que un director fuera escogido con los votos de los accionistas minoritarios. Ahora en cambio, los directores independientes pueden ser escogidos tanto por los accionistas controladores, minoritarios o ambos y la condición de independencia se logra no habiendo tenido en los últimos 18 meses cualquier vinculación, interés o dependencia económica o de otra naturaleza que sea relevante con la empresa, el accionista controlador y los ejecutivos principales, así como tampoco relaciones de parentesco con éstos u otras relaciones que generen potencialmente conflictos de interés para ejercer como tal. El problema es que esta definición de independencia es más conceptual que práctica, lo que ha dado espacio para que algunos directores no tengan certeza respecto a su independencia y algunas empresas tengan dudas sobre si requieren hacer elección de su directorio.
Asimismo, el ajuste en los requisitos de los directores independientes ha generado un cambio en la dinámica de su elección. Ahora los accionistas controladores pueden jugar un rol relevante en la elección de los directores independientes en las compañías que están obligadas a tener al menos un director de este carácter, especialmente en las empresas cuyos accionistas minoritarios no cuentan con suficientes votos o no se encuentran bien coordinados para asegurar la elección de un candidato a director independiente. En las empresas que los accionistas minoritarios sí cuentan con los votos requeridos y se encuentran coordinados, los accionistas controladores van a contar con la posibilidad de proponer otros candidatos a directores independientes y apoyarlos posteriormente con sus votos con el objeto de contar con una visión más matizada del comité de directores, al quedar éste conformado tanto por directores independientes propuestos por los minoritarios como directores independientes propuestos por el controlador.
Por cierto, también es posible la existencia de directores independientes que hayan sido propuestos inicialmente por los accionistas controladores o los accionistas minoritarios y que finalmente sean escogidos con votos de ambos tipos de accionistas.
La reforma legal consideró, además, otros ajustes en la regulación de las transacciones relacionadas, el uso de información privilegiada, las responsabilidades del comité de directores y otras materias que no es posible analizar en esta oportunidad por razones de espacio. Ahora, queda claro que, dada la amplitud de cambios realizados, los ajustes que se van a producir en la operación de los directorios no son menores.
Por esto mismo, mi consejo para las empresas que realmente quieren mejorar sus gobiernos corporativos es efectuar no sólo los cambios que la nueva regulación les exige, sino que aprovechar la oportunidad para adoptar otros cambios de tipo voluntario que pueden ser instrumentales. Estoy pensando especialmente en cambios en los procesos y prácticas que utilizan los directorios para seleccionar y evaluar al gerente general, definir y dar seguimiento a la estrategia, gestionar los riesgos principales y cumplir otras funciones claves que aportan valor a los accionistas.